Compraventas y alquileres

Compra / Ventas - Gastos


Cuando se compra un piso, apartamento, casa o terreno en Andorra, los gastos a tener en cuenta son las siguientes:


Para el vendedor:

  • Comisión de agencia: normalmente un 5% (mínimo 5%, máximo 10%). En la factura de los honorarios de la agencia se debe añadir un 4,5% en concepto de impuestos indirectos (IGI).
  • Impuesto sobre plusvalías inmobiliarias: Este impuesto consiste en un máximo de un 15% sobre la plusvalía obtenida, en caso de que haga menos de un año que se compró. Este tipo de gravamen es decreciente según el tiempo y se convierte en el 0% cuando hace más de 10 años que se compró. En Andorra hay algunas excepciones y exoneraciones que prevé la ley. En caso de que el vendedor sea extranjero, se practicará una retención del 5% sobre el importe de la venta (el Ministerio de Finanzas devolverá el importe excedido de la cuota tributaria en el plazo máximo de 6 meses).
  • Gastos derivados de la obtención del certificado de habitabilidad, si no se dispone ya de uno vigente. El interesado en comprar el piso puede exigir el certificado de habitabilidad y, para que un profesional cualificado pueda entregarlo, puede suceder que se tengan que hacer algunas obras de adecuación a la normativa vigente, según el estado y la antigüedad del apartamento.
  • Gastos derivados de la obtención del certificado del pago de gastos comunitarios. La presentación de este certificado al momento de efectuar la escritura de compra venta es obligatoria.
  • Otros gastos: algunos Comunes exigen a Notarios que en la escritura de la compra del piso se adjunte la presentación de certificados de pago de los impuestos y tasas comunales.


Para el comprador:

  • Normalmente, en Andorra, se establece el pago de un 10% en concepto de anticipo o de arras cuando se hace la reserva del apartamento o se firma una escritura privada de promesa de compra venta.
  • Impuesto sobre transmisiones patrimoniales inmobiliarias (ITP). Actualmente consiste en un 4% sobre el importe de la compraventa. Se recauda en la notaría el día de la firma de la escritura pública de compraventa. En Andorra hay algunas excepciones y exoneraciones que prevé la ley. En caso de que el vendedor sea persona jurídica (o persona física con actividad económica) exige, en vez del ITP, el impuesto general indirecto (IGI), equivalente al 4,5% del importe de la compraventa.
  • Honorarios de notaría. Prever de un 0,53% a un 0,22% si el importe está entre 120.202,42 y 601.012,10 euros (escala decreciente según el importe), respectivamente, según el baremo de honorarios legal que establece una cantidad fija por tramo y otra variable según el importe de exceso. A partir de € 601.012,10 los gastos de notaría son  1.268,14 € + 0,1% sobre el importe que exceda.
  • El saldo pendiente del importe de la compra venta, así como los gastos mencionadas, las paga el comprador el día de la firma de la escritura pública de compra venta ante un notario establecido en los Valles de Andorra.

Nota importante: Los extranjeros que quieran comprar inmuebles en Andorra están sujetos a la autorización previa del Gobierno.


Alquilar en Andorra - Gastos


Cuando se alquila un apartamento en Andorra, los gastos son las siguientes:

  • Depósito de garantía: equivalente a 2 meses de arrendamiento. Este depósito cubre el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del arrendatario así como los posibles daños que pueda ocasionar en la finca arrendada. Se devuelve al dejar el inmueble.
  • Honorarios de agencia: equivalente a 1 mes de arrendamiento, a cargo del arrendatario. A los honorarios de la agencia se debe añadir un 4,5% en concepto de impuestos Indirectos (IGI). 
  • Alquiler del primer mes: los arrendamientos se pagan por meses anticipados.
  • Previsión de gastos mensual: muchos arrendadores exigen una previsión mensual correspondiente al consumo esperado de calefacción y agua caliente. Una vez al año se liquidan los gastos efectivos de consumo, cargando o abonando al arrendatario la diferencia.

Nota importante: La duración de un contrato de arrendamiento es de 5 años. Después de este periodo se puede renovar tácitamente de año en año.


Hipoteca


Lo más básico sobre la hipoteca.

Lógicamente, cuando una entidad financiera concede un préstamo hipotecario, lo hace con ciertas condiciones y en función de los ingresos de los solicitantes.

Estos son los componentes del préstamo hipotecario que se valorarán:

  • La cantidad solicitada: cuando se pide un préstamo hipotecario, la entidad financiera realiza (o requiere) una tasación de la casa para saber su valor: en Andorra, actualmente, una entidad financiera puede estar dispuesta a prestar el 70% del valor del inmueble (el 50% para segundas residencias).
  • El plazo de devolución: los plazos más comunes son 20-25 años, pero con el límite del tiempo de amortización cuando el solicitante cumpla 70 años.
  • El tipo de interés: pueden ser fijos, variables o mixtos. En Andorra el más corriente son los tipos variables resultantes de la adición de un diferencial (de 1 a 2 puntos) al índice Euribor.
  • Las cuotas: aunque a priori se podrían pactar en diferentes periodos, normalmente siempre son mensuales. Las cuotas pueden ser constantes (siempre se paga la misma cantidad) o pueden variar con el tiempo (cuotas variables), siendo la primera opción la más usual.
  • Tasa anual equivalente (tae): se calcula con el interés anual e incluye los gastos de la hipoteca; es el valor más fiable para comparar las ofertas de unos bancos con otros.